agosto 28, 2009

Lambaré exige a personal tomar pruebas prácticas

Un comunicado del intendente, pegado en las paredes de la Municipalidad de Lambaré, advierte a los funcionarios encargados de la expedición de registros de conducir que ante la falta de cumplimiento de normas legales reglamentarias, se aplicarán penas disciplinarias.

Hasta hace ocho días, la comuna expedía licencias sin comprobar si el conductor sabía o no manejar, tal como especifica su reglamento interno y la Ley Nacional de Tránsito, según constató una investigación de Última Hora y el Centro Informativo Multimedios (CIM). A raíz de las publicaciones, desde el lunes 24 de agosto, la Municipalidad de esa ciudad ya exige una prueba práctica antes de expedir un registro de motocicleta o automóvil, según informó el intendente Roberto Cárdenas. Antes de esa disposición, el personal sólo exigía una fotocopia de cédula, un examen escrito básico sobre reglas de tránsito, una prueba de oído y vista, llenar un formulario con datos básicos y abonar G. 46 mil. A partir de lo ocurrido, el intendente responsabiliza a los funcionarios de cualquier incumplimiento de normas.

La investigación comprobó, además, que en las municipalidades de Luque y Mariano R. Alonso los funcionarios tampoco pedían al solicitante una prueba práctica, sólo un documento que constate el grupo sanguíneo, fotocopia de cédula, llenar un formulario y abonar el costo de la licencia.

CANCELACIÓN DE REGISTRO. Tal como se había anunciado, ayer, el equipo de Última Hora canceló el registro expedido por la Municipalidad de Lambaré para realizar la investigación. Los funcionarios de la comuna procedieron a realizar la anulación sin ningún inconveniente y con un trato diferente del que da el personal de la Municipalidad de Luque cuando se solicita este trámite.

Fuente: Ultima Hora

agosto 24, 2009

TEMA DEL DÍA Domingo, 23 de Agosto de 2009
No hace falta saber conducir moto para obtener registro
Un equipo de ÚH-CIM consiguió licencias de conducir motocicleta en las comunas de Lambaré, Luque y Mariano R. Alonso. No exigen al solicitante una prueba práctica que demuestre su habilidad. Nadie controla.
Por Ma. José Centurión
VEA LA INVESTIGACION EN PDF . Conseguimos licencias - Gestor ofrece
***
Sólo en Emergencias Médicas mueren 3 personas al día a causa de accidentes de moto, según datos del centro asistencial. Buscando que esa alarmante estadística no siga creciendo, las autoridades locales crean nuevas reglamentaciones. Sin embargo, lo más básico nadie controla.
Es así que para obtener una licencia de conducir moto en tres municipalidades del área metropolitana: Luque, Mariano R. Alonso y Lambaré, no hace falta que el solicitante sepa manejar el vehículo, ni que conozca las reglas de tránsito.
En esos lugares exigen presentar una fotocopia de cédula, un documento de tipificación sanguínea (en algunos casos) y abonar el costo del registro.
Sólo en una de ellas realizan una simbólica prueba de oído y vista, y un examen sobre señales de tránsito sumamente básico.
Lo constató un equipo de Última Hora y el Centro Informativo Multimedios (CIM), que gestionó y obtuvo su registro en cada una de las comunas citadas, siguiendo los pasos solicitados por los funcionarios municipales.
Conseguir cada documento llevó, como máximo, 40 minutos.
Primer punto. El recorrido se inició en la Comuna de Lambaré. Allí, antes de llenar el formulario para obtener el documento en el que consta oficialmente que una persona está habilitada a conducir una motocicleta, piden la fotocopia de cédula. Nada más.
Luego, hay que llenar una hoja con datos generales sobre el solicitante: nombres, apellidos, profesión, dirección, teléfono y tipo de sangre (no exigen un documento que los consigne).
El siguiente paso: una inspección de vista y oído; una prueba escrita de selección múltiple, de 10 ítems básicos, acerca de señales de tránsito.
Con una fotografía se completa el proceso.
El registro fue entregado al solicitante y nadie se ocupó siquiera de preguntar si la persona a quien estaban por dar su licencia para conducir moto por primera vez en su vida sabía manejar el vehículo.
En la Municipalidad de Mariano R. Alonso, solo hacen falta un documento que consigne el grupo sanguíneo, una fotocopia de cédula, llenar un formulario con datos generales y sacarse una fotografía para el carné. Ningún otro tipo de pruebas.
Flexibilidad. Una de las funcionarias de la Comuna reconoció que para gestionar el registro "ahora es más flexible, no te exigen tanto, porque así es más barato. Si te vamos a mandar a hacer la prueba de vista y oído, es más caro", señaló. Ni siquiera se acordó de que existe una prueba de conducción para el aspirante a conseguir una licencia.
La Municipalidad de Luque también expide registros de motos de la misma manera que las otras dos comunas, sin constatar que el solicitante sabe conducir una motocicleta, contradiciendo así lo que establece su reglamento de tránsito.
Palabra escrita. En uno de sus puntos el reglamento dice que para la obtención de la licencia con la categoría de motocicleta, "se somete a los interesados a un examen de IDONEIDAD". Así con mayúsculas. Añade que si la persona no está en condiciones para el efecto, se recomienda el aprendizaje de la técnica de conducir, a seguir un curso en una de las escuelas de conducción autorizadas por la Comuna, "donde se dictan clases teórico- prácticas para el arte de manejar vehículos".
El integrante del equipo de investigación que llegó a la Municipalidad de Luque obtuvo su registro tras cumplir con los requisitos expuestos por funcionarios de la Comuna: fotocopia de cédula, comprobante de su grupo sanguíneo y abonar G. 42. 600.
Le dijeron que tendría que esperar hasta el día siguiente para retirar el registro, al que le faltaba el plastificado. Al insistir para que la entrega se hiciera en el acto, se obtuvo una respuesta positiva.
*******************************************************************************
Cero problemas. Sin siquiera pedirle al solicitante que arranque una moto, la Comuna de Lambaré expide el registro de motociclista. Solo es necesario saber hacer trámites y pagar.
Los requisitos en la Comuna de Lambaré
- Una fotocopia de cédula.
- Completar un formulario (cuesta G. 1.000).
- Abonar 46.000 (incluye el examen de vista y oído, el costo del material del registro, entre otros gastos).
- Prueba de vista y oído (se realiza en el lugar).
- Examen básico de selección múltiple sobre señales de tránsito, que consta de 10 ítems (se completa en el sitio).
***
En tiempo récord. Una vez que el interesado cumple con los requisitos señalados por los funcionarios de la Municipalidad de Mariano, obtiene su licencia de conducir moto en diez minutos.
Lo fundamental en Mariano R. Alonso
- Una fotocopia de cédula.
- Llenar un formulario con datos generales: nombres, apellidos, teléfonos, dirección, profesión (los funcionarios no corroboran los datos proveídos por el solicitante antes de expedirle el registro de conducir).
- Una documentación en que conste el grupo sanguíneo del solicitante.
- Pagar G. 40.800.
En esta Comuna expiden el registro en 20 minutos.
***
Sin protocolos. Tras presentar la fotocopia de cédula y la constancia del grupo sanguíneo, la Municipalidad de Luque entrega sin contratiempos un registro de conducir motocicleta.
Para obtener la licencia en Luque
- Una fotocopia de cédula.
- Una constancia del grupo sanguíneo.
- Abonar una suma de G. 42.600.
- Completar un formulario con datos básicos.
En el reglamento interno de la Comuna se especifican requisitos para la categoría particular y profesional, pero no para moto. Salvo en Informaciones Generales: "para la obtención de la licencia se somete a los interesados a examen de idoneidad". Sin embargo, ello no ocurre. Ni siquiera preguntan al solicitante si sabe manejar.

Fuente: Ultima Hora

agosto 14, 2009

TRANSPARENCIA CONTRA LA CORRUPCIÓN

El poder de ocultar la información

El acceso garantizado a la información pública pondría en aprietos a más de un funcionario interesado en ocultar datos de los ojos vigilantes de la ciudadanía. Sin embargo, la férrea oposición de algunos sectores a una ley de acceso a la información pública plantea este interrogante: ¿Es pura retórica el derecho a la libre información en nuestro país?

Por Rosana Patiño.

El acceso real del ciudadano a cualquier tipo de información en las instituciones públicas esboza las buenas intenciones consagradas en la Constitución Nacional, que si bien garantiza que “…las fuentes públicas de información son libres para todos” (ver cuadro Art. 28 CN), en la práctica no se refleja.

Dos casos públicos de judicialización del derecho al acceso a la información pública sirven de ejemplo para graficar el alto costo, en dinero y en tiempo, que implica la ausencia de una legislación que regule el tema. Así lo ilustran los casos de Vargas Téllez y Félix Picco.

Dos vecinos, uno de Lambaré y otro de San Lorenzo, pidieron a sus respectivas municipalidades información sobre la ejecución presupuestaria así como la nómina completa de los funcionarios contratados y nombrados, incluyendo nombre, cargo y sueldo.

La Municipalidad de Lambaré contestó que “…El derecho constitucional de acceso a la información no ha sido reglamentado, por lo tanto, la Municipalidad no puede entregar la información solicitada…”. Con esta corta misiva, la Municipalidad lambareña dio por cerrado el expediente “Defensoría del Pueblo c/Municipalidad de Lambaré”.

Por su parte, la Municipalidad de San Lorenzo respondió: “…¡Qué le importa a un tercero particular el sueldo de un empleado, qué función realiza, en qué lugar está destinado!…”, y de esta manera dio por finiquitado el expediente “Defensoría del Pueblo c/Municipalidad de San Lorenzo”.

HERRAMIENTA ESENCIAL PARA LA TRANSPARENCIA GUBERNATIVA Y LA AUTOGESTIÓN LOCAL

El acceso a la información pública es la única herramienta con la que cuenta el ciudadano común para controlar la administración de lo público y exigir a sus autoridades obrar con transparencia.

No se puede debatir sobre lo que no se conoce, como tampoco se puede pretender una ciudadanía cívicamente activa, si el Estado no le garantiza contar con las herramientas legales para exigir el cumplimiento de sus derechos y obligaciones.

“Acceder a la información pública para un ciudadano es esencial, para cumplir con su rol como tal y para permitir que la sociedad civil cumpla su papel en una democracia. La sociedad civil es el guardián de la democracia, es la que tiene que poner límites al Estado, para preservar un espacio de libertad de discusión, de debate que haga progresar el sistema democrático y por ende a la sociedad entera. La sociedad no puede cumplir con su rol de árbitro, de contenedor de lo gubernativo ni de lo económico, si no se le permite el acceso a la información”, afirmaba en octubre de 2008 el periodista y abogado Benjamín Fernández Bogado.

ALGUNAS EXPERIENCIAS POSITIVAS EN PARAGUAY

En este proceso también se han registrado algunos avances. Existen casos positivos y exitosos de acceso a la información pública a nivel de municipios locales, como es el caso de la Municipalidad de Villarrica que, mediante la ordenanza Nº 63/2004, “Que establece el acceso a los documentos públicos municipales de la ciudad de Villarrica”, permitió proporcionar a sus pobladores los datos exactos que van desde el listado completo de funcionarios, con sus respectivas funciones y salarios, hasta el monto de la asignación y ejecución presupuestaria de esa localidad.

LO QUE DICE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL:DERECHO A INFORMARSE

El Artículo 28 de la Constitución Nacional, sobre el derecho a informarse, establece: “Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo”.El referido artículo agrega: “Toda persona afectada por la difusión de una información falsa, distorsionada o ambigua tiene derecho a exigir su rectificación o su aclaración por el mismo medio y en las mismas condiciones que haya sido divulgada, sin perjuicio de los demás derechos compensatorios”.

Artículo 26 - DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE PRENSA

Se garantizan la libre expresión y la libertad de prensa, así como la difusión del pensamiento y de la opinión, sin censura alguna, sin más limitaciones que las dispuestas en esta Constitución; en consecuencia, no se dictará ninguna ley que las imposibilite o las restrinja. No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar, procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier instrumento lícito y apto para tales fines.

Fuente: SC Noticias del CIRD

agosto 13, 2009

Audiencia pública sobre la pavimentación de Cacique Lambaré

La Municipalidad de Lambaré convoca a una audiencia pública para esta noche a las 19:30 horas (POR AYER), en el tinglado de la parroquia Virgen del Rosario, (frente al edificio de la comuna, Cacique Lambaré y Luis María Argaña). La invitación es para todas las personas que deseen participar de las deliberaciones para llevar adelante la reconstrucción de la avenida principal de la ciudad.

En la oportunidad se escuchará la postura de todos los frentistas afectados por varios tramos de los más de 3000 metros que demandará la obra y se darán todos los detalles tanto técnicos como financieros del proyecto.

Otro de los objetivos de la convocatoria es la creación de una comisión intersectorial, integrada por autoridades municipales y presidentes de las comisiones vecinales afectadas al tramo.

De esta manera los integrantes podrán hacer saber sus inquietudes y sugerencias para poder ejecutar el proyecto con la mayor participación posible, debido a que la obra es impostergable por las condiciones en que se encuentra la avenida y representa un riesgo mortal para la circulación vehicular.

Asimismo, es obligación de las autoridades municipales llevar adelante el emprendimiento, considerando que de no llevarse cabo corren el riesgo de ser imputados por exposición al peligro en el tránsito terrestre, tal como ocurrió en administraciones anteriores.


Para este encuentro se contará con la presencia del Intendente Roberto Cárdenas, los concejales municipales, comisiones vecinales y la ciudadanía en general, para conversar sobre el proyecto considerado impostergable, teniendo en cuenta que los tramos que serán reconstruidos ya cumplieron con su vida útil y repararlos constituye un costo muy alto para todos los lambareños y sin obtener los resultados deseados.

Fuente: Neike
 
Locations of visitors to this page