junio 22, 2009

El caso de Juan Martínez sigue congelado en la Sala Penal
La Corte Suprema de Justicia casi nada hace por agilizar el expediente que afecta el ex intendente de la ciudad de Lambaré, quien supuestamente causó un millonario perjuicio a la citada Comuna.
El caso del ex intendente de Lambaré Juan Martínez, acusado por lesión de confianza e imputado por lesión de confianza, se encuentra congelado en la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, según fuentes judiciales. La causa ya va por su tercer año, por lo que existe el peligro de extinción si los miembros de la máxima instancia judicial no definen la situación del ex político colorado.

Juan Martínez fue investigado por el fiscal de la Unidad Anticorrupción, Arnaldo Giuzzio, por supuesta sobrefacturación de obras en Lambaré y el cobro injusto de tasas municipales. El agente presentó la acusación correspondiente, pero desde ese momento una serie de pedidos de la defensa detuvo el normal proceso al ex jefe municipal.

Según fuentes judiciales, el caso de Juan Martínez se encuentra paralizado en la Sala Penal de la Corte, que se encuentra integrada por Alicia Pucheta de Correa, Sindulfo Blanco y Miguel Bajac, reemplazante de Wildo Rienzi, quien se acogió a los beneficios de la jubilación.

Los tres miembros de la Corte deben resolver un pedido de la defensa de Juan Martínez, que el mismo sea investigado primero en el Tribunal de Cuentas y no en el fuero penal. Mientras tanto los plazos pueden correr, ya que el ex intendente de Lambaré fue imputado en octubre de 2006 y el Código Penal establece un máximo de cuatro años de investigación para los ilícitos.

CAMINO. Martínez fue intendente de Lambaré, Departamento Central, en el periodo correspondiente al 2001-2006.

En octubre del 2006, tras una investigación inicial, el fiscal Giuzzio lo imputó por lesión de confianza y casi un año después lo amplió por exacción (cobro injusto).

El fiscal Giuzzio se había constituido en la ciudad de Lambaré a observar varias obras realizadas durante la gestión de Martínez, encontrando que las misma estaban en deplorable estado. Por estos hechos el agente presentó la imputación por lesión de confianza, a raíz de los indicios de una posible sobrefacturación.

Giuzzio encontró posibles sobrefacturaciones en las mejoras a la plaza Alicia Lynch y en dos puentes ubicados sobre el arroyo Lambaré, en el barrio Santo Domingo. Supuestamente el perjuicio causado por el ex jefe municipal es de G. 1.500 millones.

Días antes de presentar la acusación correspondiente, Giuzzio amplió la imputación por exacción.

El abogado defensor Lelis Olmedo había solicitado al juez Camé la anulación de la imputación por exacción y la prejudicialidad del caso de lesión de confianza, lo que significaba que los hechos investigados por Giuzzio eran cuestiones administrativas, que debían ser estudiadas primero por el Tribunal de Cuentas.

El 20 de diciembre efectivamente el juez Camé dispuso la prejudicialidad y anuló la acusación por exacción, argumentando que Martínez no tuvo derecho a la defensa. El fiscal Giuzzio inmediatamente apeló la decisión.

El Tribunal de Apelaciones conformado por Natividad Meza, José Waldir Servín y Agustín Lovera Cañete, el 9 de julio pasado, revocó la decisión del juez Camé, disponiendo que acepte la acusación contra Martínez, pero puntualizando que por exacción continúe siendo investigado.

ÚLTIMOS PASOS QUE SE DIERON EN LA CAUSA

Con la decisión de la Cámara, Juan Martínez debía afrontar una audiencia preliminar y ser investigado por exacción, pero el abogado Lelis Olmedo apeló ante el mismo tribunal, en julio del año pasado, pidiendo que las dos decisiones del juez Camé sean confirmadas por la Corte Suprema.

Finalmente el expediente subió a la Sala Penal de la Corte, el año pasado, sin que hasta el momento sus miembros se definan sobre el pedido de la defensa. Según fuentes judiciales, ni siquiera existe un ministro preopinante, por lo que difícilmente salga una resolución en el caso.

El tiempo avanza y el caso puede quedar impune en octubre próximo.

Fuente: Ultima Hora

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