mayo 16, 2008

Fallo histórico a favor de la información

La Municipalidad de Lambaré deberá proveer todos los datos requeridos por la ciudadanía, según una sentencia histórica de la Corte Suprema de Justicia, a favor del acceso a la información pública. El amparo fue promovido por un vecino, con patrocinio de la Defensoría del Pueblo y del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA).

El intendente colorado Roberto Cárdenas se había negado a brindar informes de balances y de funcionarios de la Comuna. La sentencia firmada por los jueces Mercedes Buongermini, Arnaldo Martínez y Nery Villalba se convierte en precedente para futuros casos en contra de la negativa de brindar acceso a la información pública en el país.

Fueron los responsables de admitir un amparo constitucional de Félix Picco Portillo en contra de la Municipalidad de Lambaré.

Este contribuyente lambareño había reclamado una copia del presupuesto comunal del año 2007, el anexo del personal, con sus funciones y sueldos y los proyectos en ejecución con fondos de los royalties de Itaipú. En un principio, la Municipalidad lambareña se había negado a brindar información, por lo que el ciudadano se vio obligado a acudir a la justicia. Su demanda fue rechazada por improcedente por la jueza Nilse Ortiz.

Pero mediante un amparo constitucional, la sentencia de la apelación fue revocada y el fallo declinó a favor de Picco. Además de brindar información, la Municipalidad deberá pagar también los costos judiciales de todo el proceso.

El abogado Ezequiel Santagada, de IDEA, comentó que hoy irán al local de la Comuna lambareña para que la sentencia sea ejecutada, y en caso de negativa nuevamente, se llevará a cabo un allanamiento judicial y policial.

Por su parte, Picco se mostró feliz por el juicio ganado y expresó que por fin se accederá libremente a las informaciones.

Sin embargo, indicó que el único responsable de ocultar datos es el propio intendente Roberto Cárdenas, por lo que él debería pagar los costos del proceso y no la ciudadanía.

NEPOTISMO

Cárdenas había sido denunciado por nepotismo, junto con la secretaria general de la Municipalidad, Norma Ruiz Díaz de Sánchez. Ambos habrían puesto en cargos claves a varios familiares.

FUENTES LIBRES

Art. 28 de la Constitución, Del derecho a informarse: “Se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime. Las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo...”.

Fuente: ABC Color

No hay comentarios.:

 
Locations of visitors to this page