junio 24, 2008

Resultados del Foro sobre el fallo del Juez Camé, referido a la causa Juan Martínez, ex intendente de Lambaré.

El foro fue organizado conjuntamente por Lambaré Activa e INECIP. Se realizó en Lambaré, en fecha 18 de junio con el título de: “Prejudicialidad y nulidad en la sentencia dictada en el caso Juan Martínez”. Participaron como analistas invitados los abogados Jesús Riera-Relator de la CSJ y Enrique Kronawetter. Como coordinador estuvo Roque Orrego.

El foro o debate fue profundo. Juristas y abogados analizaron críticamente la resolución del Juez H. Camé. Esto fue importante para el objetivo del grupo, ya que se trató de alcanzar la inicial intención del grupo Lambaré Activa: lograr llamar la atención sobre ese proceso judicial; que casi seguro iba al opa rei.

El debate fue profundamente técnico y no se limitó a exponer, analizar y debatir esa causa judicial; sino que se habló sobre necesidades que tiene la justicia en si misma: se habló, por ejemplo, de la urgencia de modificar el sistema de composición del Consejo de la Magistratura, que fue el organismo que selecciona a los jueces.

Los argumentos de estos foros son: a) dar elemento de análisis, y b) ir logrando transparencia en el acceso a la justicia Penal.

El reporte que presento puede tener errores de interpretación en los conceptos porque no soy experta en estos temas.

El análisis discurrió bastante sobre la Prejudicialidad aludida por el juez Camé Se dijo que la misma es discutida y hay votos contradictorios en este caso. Porque hay Ministros que opinan de manera diferente. Es un tema que no tiene unidad, no hay consenso, y es una figura que se usa para que la causa prescriba.

Se analizaron los siguientes hechos fácticos: Caja paralela (ingreso para hacer clonación de boletas). Percepciones de cánones no rendidos. Contrataciones fraudulentas y un total de perjuicio de Gs. 2.681.793.000.

Sobre la figura de la Prejudicialidad se cuestionó su aplicación; y en vez de que el debate se detenga en si sirve o no, debería preguntarse ¿puede ésta ser aplicada?

A través de la nulidad de la acusación dictaminada por el juez también cuestionó la labor del Ministerio Público y también a la Corte Suprema de Justicia.

Se habló de las causales que declaraban la nulidad de la imputación. Y se repitió varias veces que en realidad el acta de imputación no es impugnable. Se puede pedir la nulidad por vicios de la acusación que es posterior a la imputación. “El acta de imputación no puede ser motivo para declarar nulidad”, se dijo.

Como se ve, es un debate muy técnico, profundo y acogedor para leguleyos, pero rugoso para cualquier oyente que no conozca los nombres y los detalles del debate.

Se habló de cómo el fiscal iba a dar pruebas antes de su acusación, que eso debería darse al final, en el juicio.

Se dijo también que no debería confundirse la falta de fundamentos ni de pruebas con la nulidad. El problema sustancial es en qué se afectó la defensa y no la forma por la forma.

Se habló de estar más atentos al cuidado de los principios en vez que en las formas.

Por su parte, el Tribunal de cuentas no puede juzgar una conducta delictiva. De paso se cuestionó el rol del Tribunal de Cuentas y al respecto se opinó que no debe de hecho permanecer, que para eso esta la Contraloría General de la República.

Con el resultado del Tribunal de Cuentas no es suficiente para saber si hubo delito o no, aunque los papeles estén en regla; porque hay que justificar la inversión. El balance puede estar correcto pero no justifica que por eso no hubo delito. Se dijo.

Se cuestionó a la misma administración de justicia por su precariedad y que por eso no se puede hacer jurisprudencia. Y se enfatizó en que no es defender la forma por la forma misma.

Los abogados y ciudadanos presentes consideraron un encuentro auspicioso para entrar en detalles durante el debate. Sirvió para fortalecer el principal objetivo del grupo: llamar la atención sobre el caso.

Finalmente INECIP propuso y puso a disposición para la firma ciudadana una nota dirigida al presidente de la Corte Suprema de Justicia solicitando entre otras cosas en que la causa sea declarada de impacto social y que se realice una audiencia preliminar oral y pública, tal como el grupo había solicitado al juez.

Fuente: Lambaré Activa

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