diciembre 03, 2008


Caso Juan Martínez: La Corte no resuelve inconstitucionalidad

El ex intendente de Lambaré, Juan Martínez, aún no sabe si va a audiencia preliminar o es beneficiado con la prejudicialidad. El fiscal Arnaldo Giuzzio lo había acusado por lesión de confianza y exacción.

 El caso que involucra al ex intendente de la ciudad de Lambaré, Juan Martínez, está paralizado en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, desde hace varios meses. El ex jefe municipal tiene que afrontar una audiencia preliminar, pero el expediente se encuentra varado en la máxima instancia judicial, según fuentes de la investigación.

Juan Martínez, de extracción colorada, fue intendente de Lambaré en el periodo 2001- 2006. Su mandato fue muy cuestionado por los habitantes de la mencionada ciudad, debido al deplorable estado de los barrios.

En octubre de 2006, el fiscal de la Unidad Anticorrupción, Arnaldo Giuzzio, imputaba al jefe municipal por el delito de lesión de confianza y tiempo después por exacción.

Giuzzio basaba su argumento en que había obras sobrefacturadas o que simplemente no se realizaron.

Puentes y una plaza fueron objeto de estudio por parte del fiscal. Supuestamente causó un perjuicio de G. 1.500 millones.

Asimismo, la Fiscalía detectó una caja paralela en la Municipalidad de Lambaré, en donde gente de confianza de Martínez recaudaba multimillonarias sumas, mediante el cobro injusto, que es más conocido como exacción.

El fiscal Giuzzio finalmente presentó acusación contra Juan Martínez por lesión de confianza y exacción, pidiendo que la causa se eleve a un juicio oral y público.

El abogado defensor, Lelis Olmedo, presentó una prejudicialidad ante el juez del caso, Hugo Camé, pidiendo la anulación de la acusación por lesión de confianza y de la exacción, por no haber ejercido la debida defensa.

Prejudicialidad significa que Martínez tenía otro proceso que, según la defensa, era un caso administrativo ante el Tribunal de Cuentas, por lo que no debía continuar la causa penal.

El juez Camé dio la razón a la defensa, por lo que hizo lugar a la prejudicialidad, anulando la acusación por lesión de confianza.

El juez también anuló la acusación por exacción, porque Martínez no tuvo tiempo para defenderse correctamente.

Giuzzio apeló la decisión del juez Camé. El Tribunal de Apelaciones, conformado por Agustín Lovera Cañete, Natividad Mercedes Meza y José Waldir Servín, dio la razón al fiscal, disponiendo que Martínez afronte una audiencia preliminar por los mencionados delitos.

RECURSO. El abogado Lelis Olmedo presentó una acción de inconstitucionalidad contra la decisión del Tribunal de Apelaciones, a fin de conseguir la prejudicialidad.

Según fuentes del Poder Judicial, desde abril pasado se encuentra la mencionada acción de inconstitucionalidad en la Sala Constitucional conformada por los ministros Víctor Núñez, Antonio Fretes y José Altamirano.

El expediente continúa en la máxima instancia judicial, sin que hasta la fecha se decida el caso.

EL TRABAJO REALIZADO POR EL MINISTERIO PÚBLICO

El fiscal Arnaldo Giuzzio se constituyó en varias de las obras que supuestamente sobrefacturó el ex intendente de Lambaré, Juan Martínez.

Una de ellas es la plaza Elisa Alicia Lynch, ubicada sobre Cacique Lambaré, donde constató presuntas irregularidades.

Asimismo, verificó dos puentes ubicados sobre el arroyo Lambaré.

El fiscal cuenta con varios documentos que indican la existencia de una caja paralela en el Municipio lambareño, durante la gestión de Juan Martínez.

El representante del Ministerio Público sostiene que el ex jefe municipal tiene que afrontar un juicio oral y público.

La defensa manifiesta que Martínez es inocente y que no existen indicios para que el mismo afronte un juicio oral y público.

Fuente: Ultima Hora

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