octubre 11, 2007

Excelente Noticia para Lambaré:Fscalía Electoral libera a Lambaré de propaganda extemporánea

Por Karin Saleb - PPN.com.py - 11/10/2007 - 16:45:06

Desde esta mañana funcionarios del Ministerio Público, la Justicia Electoral y de la comuna de la ciudad de Lambaré procedieron blanquear con pintura a la cal toda propaganda electoral extemporánea hallada en la vía pública.

A raíz de que el fiscal electoral de la Capital, Abog. Carmelo Caballero, conviniera con la fiscala electoral del área de Central, Matilde Da Costa, colaborar con ella en ese sentido, una comitiva se trasladó a conversar con el intendente de la zona, Roberto Cárdenas. El mismo accedió con muy buena recepción y proveyó de inmediato móviles y recursos humanos para encarar el operativo. A partir de ello, comenzó el trabajo conjunto llevado a cabo exitosamente y con buenos resultados. En este marco de cosas fueron borradas pintatas correspondientes a diversos sectores políticos. Las tareas se retomarán mañana, a partir de las 08:00, y no se abandonarán en tanto el Código Electoral lo disponga.

Se recuerda el marco jurídico vigente en la materia:

Artículo 287 (CEP): "Prohíbese en la propaganda electoral de los partidos, movimientos políticos y alianzas: a. cualquier alusión a naciones, colectividades o instituciones que pudieran generar discriminaciones por razón de raza, sexo o religión; b. la utilización de áreas de dominio público, salvo periodos electorales y conforme con cuanto más adelante se establece; y, c. la utilización de amplificadores de sonido cuando el volumen de éstos representen una alteración de la tranquilidad pública. Tales equipos solamente se permitirán en locales cerrados, siempre que no molesten al vecindario y en los periodos electorales, en las horas y lugares establecidos por las autoridades respectivas".

Por otra parte, el artículo 290 expresa: "El objeto de la propaganda electoral es la difusión de la plataforma electoral, así como los planes y programas de los partidos, movimientos políticos y alianzas con la finalidad de concitar la adhesión del electorado. Es de responsabilidad de los partidos, movimientos políticos y alianzas que propician las candidaturas cuidar que el contenido de los mensajes constituya una alta expresión de adhesión a los valores del sistema republicano y democrático y contribuya a la educación cívica del pueblo.

Se entiende por propaganda electoral la exposición en la vía y espacios públicos de pasacalles, pintadas y afiches que contengan propuestas de candidatos o programas para cargos electivos; espacios radiales o televisivos con mensajes que llamen a votar por determinados candidatos o propuestas; espacios en periódicos (diarios, revistas, semanarios) con propuestas de candidaturas o programas de gobierno.

Fuente: PPN

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